Elecciones Legislativas Nacionales: Abrieron las mesas de votación

PolíticaHace 3 horas Por Prensa
Las mesas quedaron habilitadas desde las 8 y se extenderán hasta las 18, con la Boleta Única de Papel como modalidad de votación para cargos legislativos.
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Las mesas quedaron habilitadas desde las 8 y se extenderán hasta las 18, con la Boleta Única de Papel como modalidad de votación para cargos legislativos.

La Boleta Única de Papel (BUP) será utilizada por primera vez en todo el país durante las elecciones nacionales de 2025 para la selección de cargos legislativos, según lo establece la Ley N.º 27.781.

Al dirigirse al centro de votación y la mesa en la que le toca votar, el elector debe acreditar su identidad con uno de los documentos válidos para votar. Los documentos que se aceptarán son: la Libreta de enrolamiento, la Libreta cívica, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste y el DNI tarjeta.

El voto en Argentina tiene carácter universal, igual, secreto, libre y obligatorio. Poseen el derecho al sufragio los ciudadanos desde los 16 años si son nativos o desde los 18 si son naturalizados, que figuren en el padrón electoral y acrediten su identidad con documento habilitante.

Cabe señalar que los extranjeros no pueden votar en las elecciones de cargos nacionales. Podrán hacerlo para cargos locales si la normativa provincial así lo permite.

La legislación establece que los argentinos que residen en el extranjero pueden participar de manera optativa si registraron domicilio fuera del país antes del 19 de abril de 2025.

Entre las excepciones a la obligatoriedad, la normativa contempla que los jóvenes de 16 y 17 años pueden votar de forma voluntaria, según la Ley de Voto Joven (26.774). También están exceptuadas las personas mayores de 70 años, los jueces y auxiliares que deban cumplir funciones durante el acto electoral, quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación y lo justifiquen ante la autoridad policial, los enfermos con certificado médico y el personal de servicios públicos que no pueda ausentarse de sus tareas.

Por otra parte, el Código Nacional Electoral reconoce el derecho al voto a los presos bajo prisión preventiva incluidos en el Registro de Electores Privados de Libertad.

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