ARCA estableció nuevas condiciones para facturar en moneda extranjera

EconomíaEl miércoles Por Prensa
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero detalló las pautas que deben cumplirse para la emisión de los comprobantes, que conciernen especialmente al tipo de cambio utilizado.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) detalló los pasos y las condiciones que se deben cumplir para la facturación en moneda extranjera. Entre otros puntos, se definió el tipo de cambio a usar en estas operaciones.

La medida se implementó a través de la Resolución General 5616/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del titular del organismo, Juan Alberto Pazo.
 
ARCA estipuló que "cuando se abonen en la misma moneda, deberá utilizarse el tipo de cambio vendedor divisa informado por el Banco Nación correspondiente al día hábil anterior al de la emisión de la factura".

A su vez, "en los comprobantes electrónicos en moneda extranjera, cuando se informe que se cancela en la misma moneda, el sistema consignará el tipo de cambio automáticamente".

Por otro lado, "quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, para documentar operaciones en moneda extranjera que se cancelen en la misma moneda, podrán utilizar 'comprobantes en línea', el facturador web gratuito de ARCA para emitir los comprobantes electrónicos".

Las nuevas disposiciones alcanzan a los comprobantes clase "A", "B", "C", "E" y "T".

En el micrositio "Factura Electrónica" del sitio web institucional del Banco Nación se publicarán las monedas que registran cotización en el Banco de la Nación Argentina. Para aquellas monedas que no registren una cotización, el emisor del comprobante deberá informar el tipo de cambio utilizado.

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