El Gobierno reglamentó la desregulación del transporte automotor de pasajeros

Nacionales10 de diciembre de 2024 Por Prensa
El Gobierno reglamentó la desregulación del transporte automotor de pasajeros, mediante la Resolución 57/2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
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El Gobierno reglamentó la desregulación del transporte automotor de pasajeros, mediante la Resolución 57/2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, la cual fue publicada en el Boletín Oficial este martes.
La norma lleva la firma del secretario de Transporte Franco Mogetta. En el artículo 1 de la norma, expresa:

"Apruébanse las NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE CARÁCTER URBANO, SUBURBANO E INTERJURISDICCIONAL que como anexo (IF-2024-134142737-APN-SSTAU#MEC) forma parte integrante de la presente resolución".

En tanto, en el artículo 2 detalla: "Unifícanse el ´REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE INTERJURISDICCIONAL DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR´ y el “REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARÁCTER URBANO Y SUBURBANO” en el “REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS”, de conformidad con lo establecido por el decreto 883 del 4 de octubre de 2024".

"Autorízanse a los transportistas inscriptos en el “REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS” a efectuar servicios ocasionales en circuito cerrado de carácter internacional, de conformidad con la normativa específica establecida para esta categoría de servicios", indica en el artículo 4.

A partir de ahora, los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios. Además, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos.

El trámite, que estará disponible a partir del 11 de diciembre del corriente, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.

Con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros, se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada.

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