EXTIENDEN LA PROHIBICIÓN PARA REALIZAR DESPIDOS

A través del Decreto Nº 345/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional decidió este viernes extender la suspensión de despidos por 30 días, hasta el 30 de junio.

Economía28 de mayo de 2021Facu B.Facu B.
Trabajador

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El decreto establece también la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo hasta el 30 de junio inclusive. Quedan exceptuadas aquellas que sean efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo como consecuencia de la emergencia sanitaria.

El pasado 22 de enero el Estado amplió hasta el 31 de diciembre de este año la emergencia pública en materia ocupacional declarada en diciembre de 2019, a poco de iniciada la administración Fernández.

Durante su vigencia los trabajadores afectados por despidos sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente. El monto de la duplicación no podrá exceder los $ 500.000 (u$s 5.0 mil)

El pasado 21 de abril, el Estado había prorrogado la prohibición de efectuar despidos y suspensiones sin causa hasta el lunes 31 de mayo.

La vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca, lo había adelantado el jueves al finalizar la reunión del Gabinete económico que encabezó el presidente Alberto Fernández que se desarrolló en la quinta presidencial de Olivos.

"Se decidió prorrogar la suspensión de despidos hasta el 30 de junio, es una medida muy importante en estas circunstancias, atravesando la segunda ola", dijo Todesca, al finalizar la reunión que se desarrolló en la quinta presidencial de Olivos.

En este marco es que se anunció la prórroga de la suspensión de despidos por 30 días y se repasaron otras medidas que desde el Poder Ejecutivo nacional se vienen tomando en el mismo sentido.

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