La ANMAT prohibió el uso de dos suplementos

El organismo advirtió que se desconocen su composición real, sus condiciones de elaboración y el responsable habilitado de su fabricación. La medida alcanza también a una crema.
NacionalesHace 1 horaPrensaPrensa
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país de tres productos promocionados para tratar afecciones de salud. La medida se publicó este 7 de octubre en el Boletín Oficial y alcanza a cualquier canal de venta, ante la falta de registro sanitario y de información verificable sobre su fabricación y composición.

La disposición surgió a partir de dos denuncias recibidas por el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Las presentaciones alertaban sobre la oferta de los dos primeros artículos en un comercio de Virrey del Pino, en el partido bonaerense de La Matanza, y sobre la venta callejera del ungüento en la estación de tren de Quilmes.

Según el organismo, ninguno de los productos estaba inscripto ante la ANMAT ni pudo identificarse a un establecimiento habilitado que asumiera la responsabilidad por su elaboración. La autoridad sanitaria señaló que esa falta de trazabilidad impide conocer las condiciones de manufactura y la composición efectiva de los artículos, una situación que puede implicar riesgos para quienes los consuman o utilicen.

Uno de los productos alcanzados por la prohibición es el “Super calcio cubano”, cuyo rótulo lo presentaba como una “vitamina para calcificar los huesos” y mencionaba ingredientes como vitamina E, calcio, magnesio, zinc, fósforo, hierro, guanábana, levadura de cerveza y cartílago de tiburón.

Además, la etiqueta atribuía al suplemento posibles efectos sobre una extensa lista de problemas de salud. Entre ellos figuraban artritis, artrosis, lumbago, osteoporosis, reumatismo, caída del cabello, agotamiento físico, dolores musculares y Parkinson. El envase indicaba que podía ser usado por adultos y niños, pese a que no contaba con registro ante la autoridad nacional.

El segundo producto, denominado “Suplemento nutritivo 0.44”, también se comercializaba con supuestas aplicaciones terapéuticas. Su presentación consignaba calcio, vitamina B12 y vitamina E, y aseguraba que podía utilizarse frente a síntomas o afecciones como gota, reumatismo, fracturas, parálisis facial, calambres, mareos, dolor de huesos, hinchazón y deterioro visual.

En su listado de componentes, el rótulo incluía palo huasca, carqueja, vitaminas C, D, E y B12, calcio, zinc, magnesio y cartílago de tiburón. También afirmaba que “regenera los tejidos” y que puede ayudar frente al “agotamiento” y la “vejez prematura”. Para la ANMAT, esas leyendas son relevantes porque presentan al artículo con usos propios de un medicamento, sin que exista autorización sanitaria que respalde su circulación.

La tercera prohibición recayó sobre el “Ungüento de árnica + coca”, que era vendido en la vía pública en Quilmes. La imagen del envase, incorporada al expediente administrativo, señalaba que se trataba de una “nueva fórmula con aceite de cannabidol”, de industria uruguaya y con un contenido neto de 190 gramos.

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