La iniciativa elimina los topes para acceder al Régimen Simplificado de Ganancias, que estaban fijados en $1.000 millones para los ingresos y $10.000 millones en el caso del patrimonio. También redefine el concepto de "discrepancia significativa", que determina en qué circunstancias la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede impugnar una declaración simplificada.


Principales puntos de la ley de Inocencia Fiscal II
Prensa
A partir de su entrada en vigencia, será considerada "significativa" una diferencia que implique un aumento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos 15% respecto de lo declarado por el contribuyente. Incluso en esos casos, no habrá discrepancia significativa si el monto no supera los $5 millones.
En el caso de que la inconsistencia detectada sea mayor, el contribuyente tendrá un plazo de 15 días a partir de la notificación para aceptar la liquidación y cancelar la deuda. Además, la carga de la prueba recaerá exclusivamente sobre ARCA.
Un punto clave tiene que ver con los funcionarios: podrán usar el sistema simplificado para presentar su declaración jurada del impuesto a las Ganancias, pero no estarán alcanzados por la presunción de exactitud, la liberación de fiscalizaciones ni ningún beneficio o inmunidad tributaria contemplados en el régimen.
Por último, Inocencia Fiscal II establece un marco de reducción automática de sanciones y armonización con el Régimen Penal Tributario, incluyendo una reducción del 25% en multas formales aplicables a las MicroPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.











