Luis Caputo presentará el proyecto de Inocencia Fiscal II para atraer dólares no declarados

El ministro de Economía brindará una conferencia de prensa en la que detallará la iniciativa, luego de las críticas de los contadores a la normativa vigente. La iniciativa buscará reforzar la previsibilidad para el contribuyente y será girada al Congreso.
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El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles en una conferencia de prensa el proyecto de Inocencia Fiscal II que será enviado al Congreso. La iniciativa buscará modificar el Régimen Simplificado de Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias que administra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

El proyecto original, aprobado por el Senado en enero, modificó el régimen penal tributario y los procesos de control fiscal. La ley permite a los contribuyentes utilizar sus ahorros hasta un máximo de $100 millones sin sanciones de parte del fisco, excepto los que tengan ingresos anuales superiores a $1.000 millones o un patrimonio mayor a $10.000 millones.

Pese a que recibió luz verde, el Gobierno intentará la modificación de la normativa debido a las críticas de los contadores. La preocupación central giraba en torno al riesgo de que los contribuyentes pierdan los beneficios ante discrepancias que detecte la ARCA. Para solucionarlo, uno de los cambios es la eliminación de los topes y la flexibilidad para subsanar discrepancias mediante la rectificación de la declaración jurada, lo que permite conservar los beneficios del régimen.

"A estos efectos, y hasta el 31 de diciembre de 2027, para los fondos utilizados conforme lo previsto en el párrafo precedente por los contribuyentes alcanzados por la presunción de exactitud establecida en el artículo 40 de la presente ley, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo de dicho artículo", estipula un artículo del anteproyecto.

En tal sentido, también refuerza la previsibilidad para el contribuyente, ya que ARCA solo podrá objetar una declaración si logra demostrar, con información objetiva, la existencia de una diferencia significativa. Exime de determinadas multas a quienes hayan regularizado previamente ajustes en Ganancias o del Impuesto al Valor Agregado y adhieran al RSG, con el objetivo de incentivar la normalización de situaciones fiscales pendientes.

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