EL GOBIERNO OFICIALIZÓ LA APERTURA DE IMPORTACIONES PARA PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA
Mediante la Resolución General 5490/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada este lunes en el Boletín Oficial, estas mercaderías quedan exceptuadas "por un plazo de 120 días corridos, del régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias".
La excepción impositiva es "transitoria" y entra en vigencia desde este lunes. El documento sostiene que "el contexto de alta inflación que atraviesa el país requiere de la implementación de diversas medidas que permitan mitigar sus efectos sobre los sectores más vulnerables".
También señala que el objetivo es "disminuir la carga impositiva a la importación de una canasta de bienes de primera necesidad a efectos de que se genere una reducción de los precios de dichos productos, como continuidad de la política económica dispuesta por la Administración Nacional orientada a reducir la inflación".