LA CORTE SUPREMA LEVANTÓ LA CAUTELAR Y HABILITA LAS ELECCIONES EN TUCUMÁN

Nacionales 16 de mayo de 2023 Por Rouse Leonor
Luego de que Manzur se bajara de la carrera electoral, el máximo tribunal dejó sin efecto la suspensión que había impuesto sobre los comicios provinciales.
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La Corte Suprema de Justicia habilitó al gobierno de Tucumán a organizar las elecciones provinciales, que estaban previstas para el fin de semana pero que habían sido suspendidas por el máximo tribunal.

La nueva medida se dispuso tras la renuncia del gobernador peronista, Juan Manzur, a la candidatura como vice de Osvaldo Jaldo, que actualmente ocupa ese cargo. Ahora debe reunirse el Tribunal Electoral de la provincia del Norte, que debe fijar una nueva fecha para las elecciones provinciales, que se descarta que el gobierno provincial quiere hacer cuanto antes.

La suspensión de las elecciones en Tucumán se había dispuesto a partir de un planteo del “Partido para la Justicia Social”, con el argumento de que (hasta ese momento) iba competir como vice después de haber sido gobernador durante dos períodos consecutivos (interrumpidos por su licencia para asumir la jefatura de Gabinete de la Nación, cargo que dejó en febrero).

Según indica la constitución provincial tanto el gobernador como el vice podrían presentarse un solo período consecutivo. Por lo que si ya fue reelegido para un segundo mandato consecutivo, no podrá ser elegido de nuevo y tendrá que esperar un intervalo de un período.

Las claves del fallo que habilitó las elecciones provinciales en Tucumán
“La Provincia de Tucumán puso en conocimiento del Tribunal que el postulante al cargo de vicegobernador por el Partido Político Frente de Todos por Tucumán para el período 2023-2027, Juan Luis Manzur, renunció a dicha candidatura en los términos que surgen de la nota presentada ante la Junta Electoral Provincial el 11 de mayo del corriente año y solicitó el levantamiento de la medida cautelar. Corrido el traslado respectivo, la parte actora se opuso a tal petición sobre la base de los fundamentos expuestos en su presentación del 14 de mayo de 2023″.
“El artículo 202 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que: ‘Las medidas cautelares subsistirán mientras duren las circunstancias que las determinaron. En cualquier momento en que éstas cesaren se podrá requerir su levantamiento’”.


“Dada la renuncia a la candidatura impugnada –aceptada por la Junta Electoral Provincial mediante la resolución 317/2023 del 12 de mayo de 2023- corresponde admitir el pedido de levantamiento efectuado por la Provincia de Tucumán”.
“Se resuelve disponer el levantamiento de la suspensión de la elección a gobernador y vicegobernador de la Provincia de Tucumán”.

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