EL IPSS TENDRÁ QUE CUBRIR EL 100% A UNA NIÑA CON TEA

Locales 12 de julio de 2022 Por Betina Almada
La Corte de Justicia de Salta rechazó la apelación del Instituto Provincial de Salud de Salta contra la sentencia dictada en primera instancia en un amparo que ordenó a esa obra social la cobertura del 100% del módulo de apoyo para la integración escolar de una niña.
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La medida incluye además prestaciones de fonoaudiología, terapia ocupacional, psicología y psicopedagogía y psicomotricidad conforme a valores establecidos en la Ley Nacional de Discapacidad 24901.

La patología de la niña es Trastorno del Espectro Autista (TEA).

El IPSS apeló argumentando la falta de fundamentación de la sentencia y excesivo rigor formal. Los jueces de la Corte de Justicia recordaron que, en el amparo, el objeto es "la tutela inmediata de los derechos fundamentales acogidos por la Carta Magna frente a una trasgresión que cause daño irreparable en tiempo oportuno y que exige urgentes remedios".

La Ley Nacional 24901 instituyó un sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad y la Ley Provincial 7600 adhirió a dicho sistema nacional. "Esta última determina en forma expresa que el IPS está obligado a brindar las prestaciones básicas de atención integral de acuerdo a un nomenclador especial que establezca con sus prestadores, respetando las prestaciones básicas determinadas según Ley 24901", recordaron.

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