EL PRESIDENTE ANUNCIÓ QUE EXTENDERÁN LAS LICENCIAS POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD

Presentó el proyecto de ley “Cuidar en Igualdad” que busca ampliar la licencia para personas gestantes y no gestantes. Crea una licencia por adopción y una asignación por maternidad a monotributistas.

Nacionales02 de mayo de 2022 Agostina Morales
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Alberto Fernández realizó la presentación del proyecto junto con la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta. De acuerdo a lo enunciado en la iniciativa, la licencia por maternidad se ampliará de 90 días a 126 días y la licencia por paternidad se ampliará de 2 días a 90 días.

La propuesta impulsada por el presidente modifica y crea normas sobre licencias laborales vinculadas a los cuidados. La misma comprende a trabajadores de la LCT, al régimen de trabajo agrario y al régimen especial de contrato para el Personal de Casas Particulares y de la Administración Pública Nacional.

CLAVES DEL PROYECTO CUIDAR EN IGUALDAD

*El proyecto de ley estipula que los períodos de licencia pasen a ser cubiertos por la seguridad social y no por la parte empleadora.

* Extiende la licencia para personal gestante de 90 a 126 días, que podrán ser utilizados durante los 45 días anteriores al parto y hasta 81 días posteriores, con opción de usar 30 previos y 96 luego del nacimiento.
 

*Amplía licencias para personas no gestantes, independientemente de su género, que pasarán de 2 días a 90.

* Crea licencias para futuros adoptantes de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar, y prevé una licencia de 90 que deben ser utilizados inmediatamente con posterioridad a la notificación de la resolución judicial que otorga la guarda con fines de adopción.
 

*Promueve una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistidas, y la extiende de 3 a 10 días en el caso de que tuvieren hijos menores de edad a cargo.

* Incorpora extensiones de las licencias para hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, y frente a nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.
 

*Reconoce el derecho a acceder a los derechos de cuidado a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos mediante la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción.

* Reconoce el derecho de personas no gestantes y adoptantes a acceder al período de excedencia.

* Elimina la presunción de renuncia en caso de que la persona gestante, no gestante o adoptante no se reincorpore a su empleo luego de vencidos los plazos de su licencia, en cuyo caso el empleador deberá cursar una intimación y no podrá asumir que la persona renunció.

*Modifica las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar las licencias por fallecimiento del cónyuge o conviviente, por fallecimiento de hermano, por violencia de género, y crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge.

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