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A través del Decreto 892/2025, el Ejecutivo estableció que las exigencias técnicas para importar y comercializar mercaderías se considerarán cumplidas si cuentan con avales de países de referencia u organismos acreditados, con el objetivo de reducir trabas y acelerar el comercio.
EconomíaHace 1 hora
Prensa
El Gobierno oficializó este miércoles una nueva medida de desburocratización del comercio exterior, al permitir que las mercaderías importadas puedan ingresar y comercializarse en la República Argentina con certificaciones internacionales, sin necesidad de repetir controles locales. La decisión quedó plasmada en el Decreto 892/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.


La norma establece que las exigencias técnicas requeridas para la importación se considerarán satisfechas cuando los productos cuenten con certificaciones válidas en países o grupos de países de referencia, detallados en un anexo, o con avales emitidos por organismos certificadores y laboratorios acreditados, tanto nacionales como internacionales.
Según el texto oficial, la medida apunta a simplificar procedimientos, eliminar controles innecesarios y agilizar el ingreso de mercaderías, en línea con los compromisos asumidos por la Argentina en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos multilaterales incorporados por la Ley 24.425.
El decreto dispone que podrán utilizarse certificados emitidos por autoridades oficiales, organismos certificadores reconocidos o informes de ensayo de laboratorios acreditados, siempre que acrediten el cumplimiento de las mismas normas técnicas y de calidad exigidas o reconocidas en el país. La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía quedó facultada para definir mecanismos alternativos de validación.

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