
El organismo presentó una acusación penal contra la entidad deportiva por la supuesta retención y falta de depósito de impuestos y contribuciones, lo que habría generado un perjuicio fiscal superior a siete mil millones de pesos.


El propósito de la medida es agilizar la puesta en marcha de la Autoridad Nacional de la Competencia y del Tribunal de Defensa de la Competencia.
Nacionales13 de noviembre de 2025
Prensa
El Gobierno nacional oficializó este jueves, a través del Decreto 803/2025 publicado en el Boletín Oficial, modificaciones a la reglamentación de la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442 con el objetivo de agilizar la puesta en marcha de la Autoridad Nacional de la Competencia y del Tribunal de Defensa de la Competencia.


La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo, establece que la Autoridad Nacional de la Competencia -creada por la ley sancionada en 2018- comenzará a ejercer sus funciones “inmediatamente después de constituida”, sin el plazo de 60 días que preveía el decreto reglamentario anterior (N° 480/18).
Según el texto, el Tribunal de Defensa de la Competencia deberá dictar su reglamento interno y las normas necesarias para su funcionamiento siguiendo las pautas de la ley y del decreto. Además, se dispone que la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Auditoría General de la Nación (AGN) supervisarán su accionar, garantizando “publicidad y transparencia” en materia de recursos, gastos, nombramientos y contrataciones.
El Gobierno justificó la medida en la necesidad de “evitar dilaciones en la puesta en marcha y operatividad” del organismo, al considerar que su rápida constitución “coadyuvará a la observancia de la libre competencia y la protección del interés económico general, evitando la paralización de los trámites en curso”.
El decreto también aclara que, hasta tanto se implemente lo dispuesto por la Ley N° 27.442 respecto al régimen laboral del personal, los trabajadores mantendrán la relación laboral existente al momento de la sanción de la norma.

El organismo presentó una acusación penal contra la entidad deportiva por la supuesta retención y falta de depósito de impuestos y contribuciones, lo que habría generado un perjuicio fiscal superior a siete mil millones de pesos.

El organismo prohibió la comercialización, uso y publicidad de productos capilares de la marca Lazios Professional tras comprobar que no estaban inscriptos y que podían contener formol, una sustancia no autorizada por su riesgo para la salud.







