Endurecen las multas por animales sueltos y propietarios podrían ir presos

Hoy oficializaron la Ley Provincial N° 8495, que introduce cambios clave al Código Contravencional N° 7135 con el objetivo de endurecer las sanciones para quienes permitan la presencia de animales sueltos en la vía pública, plazas, rutas o predios ajenos. La norma fue publicada en el Boletín Oficial, tras ser sancionada por la Legislatura el 22 de mayo y promulgada por el gobernador Gustavo Sáenz mediante el Decreto N° 368.
La nueva ley modifica los artículos 66, 67, 68 y 71 del Código Contravencional y establece penas de arresto de 60 a 120 días o multas equivalentes para el propietario, poseedor o tenedor de cualquier animal que deambule en espacios públicos. Si se trata de ganado mayor, la sanción se incrementa en un tercio. También se aplican castigos cuando los animales ingresan a campos vecinos, aunque no causen daños.
También la norma prevé el cobro adicional de manutención por cada día y por cada animal secuestrado. Si en un plazo de cinco días no se retiran los animales desde la notificación, se procederá a su comiso y subasta pública. Esta subasta será ejecutada según lo estipulado en la Ley 7838. El dinero recaudado se destinará a reforzar los servicios de la Policía en esta área.
La ley también faculta al Ministerio de Seguridad y Justicia a firmar convenios con municipios, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Vialidad provincial y nacional, Corredores Viales, la Policía, Defensa Civil y otras entidades y se deberán establecer canales accesibles para que cualquier persona pueda denunciar animales sueltos ante las autoridades.