Motín en la cárcel de Devoto en protesta por el cierre de los centros estudiantiles en los penales federales

Ocurrió anoche en los pabellones 1 y 5. Incendiaron colchones y sábanas y colgaron banderas. Está previsto que hoy hagan otro reclamo.
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Presos de la cárcel de Devoto iniciaron ayer a la noche un motín para reclamar por la reapertura de los centros estudiantiles que funcionaban en los penales federales y que por orden del Ministerio de Seguridad de la Nación fueron inhabilitados.

La protesta se llevó a cabo en los pabellones 1 y 5, donde los presos quemaron colchones y sábanas y colgaron banderas en las ventanas. “Tenemos derecho a la educación 1985-2025″, es uno de los mensajes que llegan a leerse en uno de los trapos que sobresalen en la cárcel ubicada en la calle Bermúdez al 2651, en el barrio porteño de Villa Devoto. “La Universidad es de todos. CUD. 40 años”, dice otra las banderas colgadas en el penal.

De acuerdo con lo que trascendió, el motín comenzó hacia las 21:30 y se extendió por más de una hora y media. Está previsto que esta noche los presos se vuelvan a manifestar. No se informó acerca de heridos.

El reclamo de los reclusos se dio a más de una semana de que se diera a conocer la resolución -publicada en el Boletín Oficial- acerca de la inhabilitación de los centros de estudiantes dentro del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

La autoridad que administra los establecimientos penitenciarios del país, argumentó la decisión señalando que esta dinámica afecta la principal finalidad que busca la readaptación social.

Además de los programas criminológicos de seguridad que el régimen desarrolla, se destacan los planes de reinserción de las personas privadas de la libertad, a la sociedad. Esta acción implica tareas obligatorias como las laborales y las vinculadas al mantenimiento de espacios comunes.

En este sentido, el documento sostiene que “la asistencia y permanencia de internos en los centros educativos durante toda la jornada impide que realicen las tareas obligatorias a los fines de la reinserción social, en particular, tareas laborales”, e incluye también “aquellas actividades necesarias para el mantenimiento de los espacios propios y comunes que, a la par de resultar obligatorios para todos los internos —artículo 18 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL—, se orientan a compensar los recursos invertidos por el ESTADO NACIONAL en la articulación de un tratamiento penitenciario efectivo”.

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