El Gobierno reglamentó cambios en el RIGI
El Gobierno reglamentó la operatividad del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y estableció las condiciones, plazos y requisitos para los proyectos de inversión, por lo que las empresas ya quedaron habilitadas para presentarlos a partir de este martes.
Así lo determina la Resolución 1074/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, que modificó parte de la reglamentación inicial del RIGI y busca acelerar la implementación del régimen para concretar la llegada de las primeras inversiones.
De esta manera, las empresas ya podrán postular sus proyectos de inversión a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Cada proyecto tendrá un plazo de 45 días para ser aprobado desde su presentación. El requisito mínimo de inversión para aplicar al programa es de u$s200 millones.
La resolución también define los beneficios arancelarios, fiscales y cambiarios incluidos en el régimen, los sujetos que podrán percibirlos y las mercaderías alcanzadas. Además, contempla el desarrollo de proveedores locales, a quienes da iguales condiciones para producir y vender bienes de capital a los titulares de los proyectos.
Desde Economía señalaron que el RIGI abarca "sectores estratégicos como petróleo y gas, minería, energías renovables, foresto industria, siderurgia, tecnología, infraestructura y turismo", y "apunta a dar previsibilidad, seguridad jurídica y fija reglas claras para el desarrollo de proyectos, en especial con potencial exportador, impulsando así el empleo y el crecimiento del país".
"Los proyectos que se postulen serán evaluados en primera instancia por el área de competencia primaria en el tema y será el Ministerio de Economía quien dictamine su viabilidad, por recomendación de la Comisión evaluadora", explicó el texto.