Las estaciones de servicio que cobren tasas municipales deberán informarlo en los surtidores
Luego de impedir que los municipios cobren impuestos a través de las facturas de servicios públicos, el Gobierno resolvió que las estaciones de servicio que apliquen tributos viales y/o municipales deberán informarlo en surtidores.
La medida fue oficializada en la Resolución 259/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial por la Secretaría de Energía y apunta a “facilitar a los consumidores el acceso a dicha información”. Para ello, los operadores "que comercialicen combustibles para vehículos autopropulsados en jurisdicciones cuyos municipios apliquen tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles sean líquidos y/o gaseosos, deberán exhibir una leyenda en un lugar visible" de cada boca de expendio.
La calcomanía, de 30 por 21 centímetros aproximadamente, deberá contener el siguiente texto: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”.
Ese sticker, que tendrán que adherir a cada surtidor a una altura mínima de 1.60 metros, deberá tener el diseño y los parámetros establecidos en uno de los anexos de la Resolución, aunque sus colores podrán ser definidos por cada empresa petrolera.