JUBILADOS Y PENSIONADOS PUEDEN TRAMITAR LA EXENCIÓN IMPOSITIVA DEL 100% Y 50%

Locales30 de enero de 2024 Por Betina Almada
Se aplica sobre el Impuesto Inmobiliario y la TGI. La renovación es automática para quienes hayan sido beneficiarios en 2023. Desocupados, veteranos, familiares directos de caídos en Malvinas y personas con discapacidad también son alcanzados por esta medida. En Mesa de Entrada del CCM se puede solicitar el formulario de adhesión.
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La Municipalidad de Salta pone en vigencia las exenciones impositivas del 100% y 50% para jubilados y pensionados para este 2024; se aplican al Impuesto Inmobiliario y la Tasa General de Inmueble. Además, teniendo en cuenta las condiciones económicas que atraviesa el país, se tomó la medida de prorrogar automáticamente para este 2024, todas las exenciones de este tipo otorgadas el año pasado.

Esta medida también alcanza a desocupados; veteranos y familiares directos de caídos en la Guerra de Malvinas; y personas con discapacidad. Quienes aún no tengan este beneficio pueden solicitar en formulario de adhesión en Mesa de Entrada del Centro Cívico Municipal de 8 a 18 hs. Allí también se informará sobre los requisitos a cumplir. Los mismos también pueden consultarse en https://municipalidadsalta.gob.ar/guia-de-tramites/ pestaña Inmobiliario.

Jubilados y Pensionados

En el caso de los jubilados y pensionados, la exención es para los agentes pasivos que tengan a su nombre una propiedad y perciban un haber mensual menor al Salario Mínimo Vital y Móvil.

El encargado de hacer las gestiones es el/la titular del catastro o la persona autorizada por el/la mismo/a. El costo de sellado para dar inicio a trámite es de $600. Entre los requisitos que se deben presentar para tener la exención impositiva son:

Formulario de Exención Impositiva para Jubilados y Pensionados

Fotocopia Cédula Parcelaria Actualizada con Certificado de Único Bien del titular y/o su cónyuge

Fotocopia del DNI del titular y/o el/la cónyuge

En caso de fallecimiento de algunos de los titulares del inmueble, fotocopia del certificado de defunción y constancia de Inmuebles

Recibo de cobro de la jubilación o pensión

Certificado negativo de ANSES

Fotocopia de la boleta de EDESA

Certificado de Único Beneficio Expedido por la ANSES y/o PROFE

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