OFICIALIZARON LA “LEY JOHANNA”

Nacionales21 de noviembre de 2023 Por Rouse Leonor
La norma es producto de una iniciativa popular presentada en la Cámara de Diputados en 2022 por Johanna Piferrer, una mujer que fue víctima de violencia obstétrica
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Luego de que la Cámara de Senadores aprobó Ley N° 27.733, conocida popularmente como “Ley Johanna”, que garantiza la atención médica a mujeres y personas gestantes que experimentaran la muerte perinatal de sus hijos, el Gobierno oficializó la aprobación al publicar el texto judicial en el Boletín Oficial. La legislación se aplicará a partir de la semana 22 del embarazo hasta 7 días después del nacimiento.

Los objetivos propuestos por la “Ley Johanna” son la obligación de los profesionales de la salud de capacitarse en la atención de los pacientes y familiares que sufran una muerte perinatal, que especialistas puedan acompañarlos a atravesar y procesar el duelo por la pérdida, facilitar el acceso a tratamientos terapéuticos y un permanente acompañamiento en lo que se refiere a las gestiones burocráticas a cumplir, en referencia a la documentación que deberán presentar y brindar un canal de consultas.

 
En contraposición a la historia de violencia que sufrió la impulsora de la ley, los derechos que garantizará a las mujeres y personas gestantes serán el hecho de ser informadas sobre las intervenciones médicas y terapéuticas existentes para atravesar el proceso y la libertad de optar por alguna de estas alternativas; recibir un trato respetuoso, individual y personalizado que asegure la intimidad y considere las pautas culturales de la paciente.

Entre las garantías enumeradas, las pacientes tendrán la posibilidad de tomar contacto con el cuerpo sin vida durante el tiempo que crea necesario para despedir al ser querido. De igual forma, puede pedir ser acompañada por un psicólogo/a en el proceso de despedida y deberán brindarle la información pertinente sobre los métodos de inhibición o donación de la leche materna.

Por otro lado, la ley acreditará que, en los casos en los que la paciente deba permanecer internada, que ésta pueda contar con un espacio individualizado y adecuado para sí misma y su entorno familiar/afectivo. Además, deberán recibir tratamientos médicos y psicológicos acorde a su situación, con el fin de evitar casos de duelos crónicos.

Otro de los derechos que el personal médico deberá acatar será la voluntad de las mujeres y personas gestantes a no realizarse exámenes o intervenciones que no tengan propósitos investigativos. No obstante, para poder acceder a las recomendaciones que pudieran realizar los profesionales, éstas deberán dar su consentimiento por escrito según el protocolo establecido por el Comité de Bioética.

Uno de los puntos claves a tener en cuenta es que la “Ley Johanna” deberá ser aplicada tanto en instituciones médicas que pertenezcan al ámbito estatal, como al privado. Asimismo, la norma quedó establecida a nivel nacional, por lo que los centros de salud que se encuentren dentro del territorio argentino no deberían negarse a activar el protocolo.

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