SE ESTABLECIÓ DEBATE OBLIGATORIO PARA CANDIDATOS A INTENDENTES
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La Ordenanza 16.803, que dio origen al decreto, fue aprobada por el Concejo Deliberante el pasado 22 de marzo y establece que el debate debe ser realizado por personas ajenas a cualquier órgano de la Municipalidad, que no tengan cargos ni desempeñen funciones. Esto garantiza la independencia del proceso y la imparcialidad de los moderadores.
Según reza el decreto, el Concejo Deliberante será la Autoridad de Aplicación, “quedando facultado a reglamentar todos los aspectos complementarios inherentes a la realización del debate y en su Artículo 7º crea la Comisión de Redacción de la reglamentación del debate”. En este punto se aclaró que: “es necesario asegurar la absoluta transparencia, independencia, igualdad e imparcialidad en la concreción del debate”.
La organización de este deberá estar en manos de instituciones universitarias radicadas en la ciudad de Salta.