PODRÁ AMPLIARSE EL HORARIO PARA LOS CATAMARANES HASTA LAS 1:00 HS.
El Comité Operativo de Emergencia dispuso modificar el artículo 3º, inc. N) de la Resolución Nº 24/2021, el que establece lo siguiente: la pesca recreativa y deportiva deberá regirse conforme los protocolos ya aprobados por el Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, y no pudiendo extenderse más allá de las 24:00 hs.
La pesca recreativa y deportiva en catamaranes en el embalse Cabra Corral, será hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad, y hasta las 22:00 hs. (en puerto), y conforme el protocolo aprobado por Resolución Nº193/2020 de la Secretaría de Ambiente, y las recomendaciones impartidas por la Dirección General de Coordinación Epidemiológica dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Excepcionalmente podrá ampliarse el horario hasta las 1:00 hs. (en puerto) para Catamaranes que garanticen el control de ingreso exclusivamente para personas quehubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas agenerar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos catorce (14) días de la inoculación. En tal caso se deberá solicitar el carnet de vacunación o la exhibición en la App “Mi Argentina”.