
La Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación lamentó que, cumplida la prórroga de la conciliación obligatoria, no se haya llegado a un acuerdo con la Empresa Argentina de Navegación Aérea.


La medida alcanza a insumos utilizados en cirugías nasales y procedimientos electroquirúrgicos y rige en todo el territorio nacional, según la Disposición 106/2026.
NacionalesHace 2 horas
Prensa
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el país de dos productos médicos que no cuentan con registro sanitario, tras una investigación iniciada en agosto de 2025.


La medida fue oficializada este martes mediante la Disposición 106/2026, firmada por el administrador nacional del organismo, y se mantendrá vigente hasta que las firmas involucradas obtengan las autorizaciones sanitarias correspondientes.
Los productos alcanzados por la restricción son el “Electrodo Monopolar ARROW tip – Esterile EO – Sutter – REF 36 44 42” y el “Yeso Nasal Termo Moldeable – AQUAPLAST”, ambos utilizados en intervenciones quirúrgicas y procedimientos médicos especializados.
La decisión se adoptó tras inspecciones realizadas los días 20 y 21 de agosto de 2025 en las sedes de Biopolímeros S.A. y G. E. Lombardozzi S.A., ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Durante los operativos, el personal del Departamento de Control de Mercado detectó la presencia de productos médicos almacenados sin documentación respaldatoria ni identificación del importador o fabricante habilitado.
En el primer caso, la inspección se llevó a cabo en oficinas situadas en la calle Alsina al 1400, donde se constató la existencia de productos médicos de terceros y equipos destinados al alquiler, sin constancias regulatorias exigidas. Entre el material hallado se encontraban unidades del electrodo monopolar y del yeso nasal, ambos sin datos de registro sanitario.
Si bien se presentó una factura de compra correspondiente al yeso nasal, emitida por G. E. Lombardozzi S.A., no se aportó documentación sobre el electrodo. La consulta posterior a la Dirección General de Información Técnica confirmó que ninguno de los dos productos figura inscripto en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica.
Al día siguiente, los inspectores se presentaron en la sede de G. E. Lombardozzi S.A., donde verificaron la existencia de 23 unidades tamaño “Large” y 50 unidades “Medium” del yeso termo moldeable, sin identificación de importador, fabricante ni número de registro sanitario. El responsable de la firma indicó que los insumos se utilizan como inmovilización inmediata tras cirugías nasales, aunque no presentó documentación comercial ni sanitaria que acreditara su legalidad.

La Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación lamentó que, cumplida la prórroga de la conciliación obligatoria, no se haya llegado a un acuerdo con la Empresa Argentina de Navegación Aérea.

El organismo detectó que el famoso ungüento mentolado de origen boliviano no cuenta con los registros sanitarios correspondientes. Advirtieron sobre los riesgos de desconocer su composición real.







