
Recuperaron 1.800 notebooks del Conectar Igualdad tras una serie de allanamientos
Todo comenzó gracias a la denuncia de uno de los empleados de la empresa fabricante, en la que advertía el faltante de 10 pallets de dispositivos.


El organismo comunicó la medida con la publicación de una serie de disposiciones en el Boletín Oficial. La decisión alcanza también a un medicamento en crema y otros productos
NacionalesHace 1 hora
Prensa
En la madrugada de este martes, se publicaron una serie de disposiciones en el Boletín Oficial donde se comunica que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, uso, distribución y publicidad de diversos productos sanitarios, cosméticos y medicamentos que carecían de los registros requeridos. La medida se tomó luego de investigaciones iniciadas por reportes y denuncias por parte de los consumidores y busca resguardar la salud pública ante la circulación de artículos de origen desconocido y sin control de calidad, incluidas marcas comercializadas de forma electrónica y en todo el país.


En el caso de productos cosméticos, el organismo identificó la venta de una amplia lista de artículos capilares bajo la marca SUAD que se ofrecían en plataformas digitales. Según la información consignada por la ANMAT, ninguno de estos —entre los que figuran alisados con distintas denominaciones, tratamientos capilares y champús— contaba con la inscripción sanitaria correspondiente, lo que imposibilita verificar su composición y seguridad para los usuarios.
En particular, el organismo advirtió sobre los riesgos asociados a los alisadores que podían contener formol, una sustancia cuyo uso para alisar el cabello está prohibido por su capacidad de liberar vapores tóxicos con potencial para causar reacciones agudas (ardor, picazón, irritación en piel, ojos y tracto respiratorio) e incrementar el riesgo de carcinomas en exposiciones crónicas.
La disposición ordenó la prohibición del uso, la venta y la distribución de todos los productos SUAD en cualquier lote o presentación. La ANMAT atribuyó su decisión a que estos artículos se comercializaban sin inscripción y sin datos del establecimiento elaborador, lo que impide ofrecer garantías sobre su eficacia y seguridad.

Todo comenzó gracias a la denuncia de uno de los empleados de la empresa fabricante, en la que advertía el faltante de 10 pallets de dispositivos.

La autoridad sanitaria ordenó prohibir la circulación del medicamento extranjero MENTISAN, ungüento mentolado, fabricado en Bolivia.







