Vence la prórroga de registros de establecimientos y productos alimenticios

Locales24 de julio de 2025 Por Prensa
El programa de Bromatología, comunica que el 31 de julio es la fecha límite para presentar la prórroga de los Registros Nacionales de Establecimientos (RNE) y Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA), emitidos por el sistema SIFeGA. Estos certificados son esenciales para garantizar la legalidad y seguridad de los alimentos.
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El Ministerio de Salud Pública, a través del programa de Bromatología, informa a todos los establecimientos elaboradores de alimentos que el próximo 31 de julio de 2025 vence la prórroga establecida para los Registros Nacionales de Establecimientos (RNE) y Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) emitidos a través del sistema SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos).

Los certificados RNE (Registro Nacional de Establecimiento) y RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio) son documentos esenciales emitidos por las autoridades sanitarias, que garantizan la legalidad y la seguridad de los alimentos que se producen y comercializan.

RNE (Registro Nacional de Establecimiento): Este certificado es una constancia de que un establecimiento fue inscripto y habilitado por la autoridad sanitaria competente para desarrollar actividades relacionadas con la elaboración, fraccionamiento, depósito, transporte o comercialización de alimentos. Su función principal es asegurar que las instalaciones cumplen con las normas de higiene y seguridad necesarias para evitar la contaminación y garantizar la inocuidad de los productos. Sin un RNE válido, un establecimiento no puede operar legalmente en el rubro alimenticio.

RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio): Por su parte, el RNPA es un certificado otorgado a cada producto alimenticio individualmente. Este registro asegura que el alimento en cuestión cumple con los requisitos del Código Alimentario Argentino (CAA) en cuanto a su composición, ingredientes, aditivos, proceso de elaboración, envasado y rotulado. La función del RNPA es proteger al consumidor, garantizando que el producto es apto para el consumo humano y que la información brindada en su etiqueta es veraz y completa. Un producto sin RNPA válido no puede ser comercializado.

Estos certificados son pilares fundamentales del control sanitario de los alimentos, brindando a los consumidores la tranquilidad de que los productos que adquieren fueron elaborados en condiciones seguras y cumplen con la normativa vigente.

Consecuencias del Vencimiento

Es importante que todos los establecimientos elaboradores de alimentos verifiquen la vigencia de sus RNE y RNPA. Una vez vencido el plazo del 31 de julio de 2025, los registros que no hayan sido actualizados pasarán a estado de baja de acuerdo con lo establecido en los Artículos 13 y 14 del Anexo de la Resolución 1190/19 del Ministerio de Salud Pública.

Esto implica que los establecimientos y sus productos perderán su habilitación para operar y comercializar, lo que podría acarrear sanciones y el cese de sus actividades hasta la regularización de su situación.

Es por eso que se insta a todos los titulares de establecimientos elaboradores de alimentos a verificar de inmediato la situación de sus registros a través del sistema SIFeGA y a iniciar los trámites de reinscripción o actualización que sean necesarios.

Para consultas y asistencia, los interesados pueden dirigirse al Programa de Bromatología del Ministerio de Salud Pública de Salta.
 
Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación
 

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