ANMAT prohibió la venta de una marca de fideos

Nacionales28 de noviembre de 2024 Por Prensa
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria emitió una alerta sanitaria enfocada especialmente a la comunidad celíaca. Advirtió sobre los peligros de consumir un lote en particular.
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de una marca de fideos que le provocó una reacción alérgica a una menor que es celíaca. Por eso, advirtieron sobre los peligros de consumir un lote en particular.
 
La alerta que emitieron a través de la página web fue dirigida a la comunidad celíaca para que no compren ni consuman en lote 209. “Fideos secos de harina de arroz con morrón, libre de gluten, marca THANI, arroz y morrón, Cont. Neto 400g, fecha de elab 040624, vence 040625, RNPA 21-128984, RNE 21-115366, Elaborado por NyG SRL, dirección: Sarmiento 1565, Malabrigo, SF”.

El producto se encuentra en infracción a los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383 bis del Código Alimentario Argentino (CAA) por tratarse de un producto contaminado por contener mayor cantidad de gluten que la permitida para Alimentos Libres de Gluten (ALG) y por consignar el símbolo Sin TACC.

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"Que en este sentido, la citada Agencia informó que recibió una denuncia en referencia a que la ingesta del producto investigado habría producido una reacción alérgica a una menor de edad alérgica al gluten", explica.

Determinaron, de esta manera, la suspensión o cancelación de su producción, elaboración y/o establecimiento quedará circunscrita a la planta de origen, pero el producto no podrá ser comercializado ni expedido en ninguna parte del país, en cualquier jurisdicción.

De esta manera, se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto y en las plataformas de venta del producto por tratarse de un producto contaminado por contener mayor cantidad de gluten.

“La ASSAL procedió a la intervención preventiva de todos los productos presentes en el depósito del establecimiento, conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley N° 18284 y el Decreto N° 2126/71”, indica el documento.

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