Aprobaron la reforma a la Ley de Tránsito que regula el uso de celulares al volante
El Senado de Mendoza dio sanción definitiva este martes a una reforma de la Ley de Tránsito para habilitar el uso del GPS y la modalidad de “manos libres” durante la conducción de un vehículo. Si bien se trata de una práctica habitual al volante, la redacción de la norma que regula la Seguridad Vial era ambigua, generando inconvenientes en su aplicación.
El proyecto de ley fue impulsado por el senador peronista Pedro Serra y la iniciativa apuntaba a actualizar el artículo N° 52 de la Ley de Tránsito Provincial N° 9024. Los fundamentos expuestos por el legislador destacaban que se buscaba adaptar la normativa a los avances tecnológicos en los vehículos y eliminando ambigüedades legislativas que generaban dificultades tanto para los ciudadanos como para las autoridades encargadas de aplicarla.
Durante el debate en el recinto, Serra subrayó que el artículo en su redacción actual resulta obsoleto, haciendo referencia a los sistemas de geolocalización que ya vienen preinstalados en la mayoría de los vehículos modernos.
Hizo hincapié en que tecnologías como Google Maps son esenciales no solo para facilitar la vida cotidiana de los conductores, sino también para el trabajo de sectores como taxistas, camioneros y repartidores, quienes dependen de aplicaciones para cumplir sus labores de manera eficiente.
El senador del PJ también señaló que el uso de dispositivos como el “manos libres” está ampliamente extendido, ya que permite una conducción más segura al eliminar la necesidad de manipulación manual. Asimismo, mencionó que hoy en día muchos vehículos conectan automáticamente el teléfono al sistema de audio del auto mediante bluetooth, lo que reduce significativamente las distracciones.
Sin embargo, insistió en la importancia de prohibir la manipulación manual de dispositivos, la lectura de mensajes instantáneos y el uso de redes sociales mientras se conduce, reafirmando el compromiso de priorizar la seguridad vial.
Además, Serra destacó que la actualización legislativa no solo moderniza la normativa, sino que también responde a un reclamo social para reducir sanciones injustas y mejorar los controles viales.
La actual redacción del inciso 9 del artículo 52 de la Ley de Tránsito establecía la prohibición de conducir en todos los vehículos “haciendo uso de sistemas de telefonía móvil o análoga, auriculares, utilizando pantallas o monitores de video similares en el habitáculo del conductor y cualquier otro medio de comunicación inalámbrico, o adaptado que influyan en la disminución de atención del conductor, como así también el envío o recepción de mensajería instantánea”.
Para aclarar el alcance de la norma, la nueva redacción del inciso establece que está prohibido conducir en la vía pública en todos los vehículos, “haciendo uso de sistemas de comunicación que impliquen operación manual, telefonía móvil, lectura de mensajería instantánea, auriculares, reproduciendo videos en el habitáculo del conductor; salvo que se realice mediante tecnología de manos libres”.
La norma aclara también que “en el caso de que sea necesaria la utilización de dispositivos electrónicos o de comunicación para la prestación del servicio de transporte, el teléfono celular o cualquier otro tipo de dispositivo electrónico deberá estar debidamente colocado en un sujetador que facilite su manipulación y que no obstaculice la visibilidad al conducir”.
Con la aprobación en el Senado, el proyecto deberá ser promulgado por el Poder Ejecutivo para su implementación definitiva.