Diez años de prisión efectiva para el exjefe de tráfico de la empresa de colectivos

Policiales04 de octubre de 2024 Por prensa
Tras otro cuarto intermedio para deliberar y emitir el fallo, este mediodía el juez Eduardo Sángari condenó al exjefe de tráfico de 66 años a la pena de 10 años de prisión de ejecución efectiva.
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El hombre fue condenado por los tres hechos en los que se lo acusaba de abuso sexual. Las víctimas al momento de los hechos, se desempeñaban como choferes de línea.

La fiscal Penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual (UDIS), Luján Sodero Calvet, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate en la que un hombre de 66 años de edad fue condenado a 10 años de prisión de ejecución efectiva por ser autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) y abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de una de las víctimas; abuso sexualmente ultrajante en contra de otra  de las damnificadas y abuso sexual simple en contra de la tercera víctima, todo en concurso real.

En la jornada de este miércoles se hizo lugar a los alegatos de las partes, luego de los cuales el Tribunal unipersonal dispuso se pase a un cuarto intermedio hasta hoy jueves a la mañana, oportunidad en la que se escucharon las réplicas y las últimas palabras por parte del acusado.

Durante su alegato, la fiscal Sodero Calvet puso énfasis en el hecho de que este es un caso que involucra a tres mujeres que trabajaron en un ámbito históricamente dominado por hombres, como lo es una empresa de transporte de colectivos.

En ese sentido, la fiscal manifestó que el contexto en el que se produjeron los hechos revisten particular relevancia y que, por ende, debe merituarse a la hora de la pena, ya que revela la existencia de un patrón abusivo en el acusado y una situación de asimetría, dada la posición de poder que este último ocupaba, dentro de ese contexto.

Tras otro cuarto intermedio para deliberar y emitir el fallo, este mediodía el juez Eduardo Sángari condenó al exjefe de tráfico de 66 años a la pena de 10 años de prisión de ejecución efectiva.

En el mismo fallo, el Juez revocó el arresto domiciliario dispuesto, oportunamente, por la Sala IV del Tribunal de Impugnación, ordenando su inmediata detención, disponiendo que sea trasladado a la penitenciaría local y se proceda a la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular, del Departamento Técnico Científico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

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