
El Instituto Nacional de Estadística y Censos estableció las bases para la planificación, calidad y resguardo de los datos del Sistema Estadístico Nacional, en línea con los principios de Naciones Unidas.


El Instituto Nacional de Estadística y Censos actualizó los importes mínimos y máximos de las penalidades previstas para quienes entreguen datos erróneos que son clave para las tareas del organismo.
Nacionales24 de septiembre de 2024
Prensa
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) actualizó las multas para quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo de Sistema Estadístico Nacional (SEN).
La Ley N° 17.622 que creó el organismo define que los importes mínimos y máximos de las sanciones se ajustarán semestralmente, según los incrementos de cada período. Además, se definió el nuevo monto a partir del cual las multas serán "inapelables".
Así, a través de la Resolución 187/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, el INDEC dispuso la actualización de las cifras según las variaciones en base a los Índices de Precios Internos al por Mayor (IPIM), que forma parte del Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM), que se registraron desde el período comprendido desde el 1° de enero de 2024 hasta el 30 de junio de 2024.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos estableció las bases para la planificación, calidad y resguardo de los datos del Sistema Estadístico Nacional, en línea con los principios de Naciones Unidas.

La prestigiosa entidad emitió una declaración tras su plenario académico. En febrero, el Gobierno nacional ya había establecido que este tipo de intervenciones no pueden realizarse en niños o adolescentes.



