ANMAT prohibió el uso y comercialización de un producto odontológico de consumo masivo
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió el uso, comercialización y la distribución de un producto bucal. La medida rige en todo el territorito nacional.
El organismo dependiente del Ministerio de Salud publicó la disposición 7505/2024 en el Boletín Oficial y prohibió el producto piedra de diamante odontológica identificada como "SKI - Diamond Bur".
El mismo, está categorizado dentro de la clase de riesgo II, que se encuentra indicado como instrumento rotatorio para eliminar tejido cariado, preparación de cavidades y desgaste dental, instalado en un motor de alta velocidad.
Con la finalidad de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, la ANMAT dispuso: "Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes del producto piedra de diamante odontológica identificada como «SKI - Diamond Bur» – TC-11C – ISO. 160.016. hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario".