LA ANMAT PROHIBIÓ EL USO Y LA COMERCIALIZACIÓN DE UNA MARCA DE LAVANDINA

Tras la investigación, quedó establecido que las referencias en el rótulo “corresponde al número de registro de la firma Multimax 5 Sociedad Anónima, el Registro Nacional de Producto de Uso Doméstico (RNPUD) corresponde a un número de expediente de un producto de esa misma firma y la nota entregada por el distribuidor lleva un remito también con el nombre de esa compañía.
Ahora09 de febrero de 2024prensaprensa
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), dependiente del Ministerio de Salud, prohibió este viernes el uso, la comercialización y la distribución de una marca de lavandina que carecía de datos de registro en el país y fue considerado con una legitimidad dudosa.

La medida quedó plasmada este martes a través de la disposición 1441 del Boletín Oficial, que señala que el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recibió una consulta de la Coordinación de Salud Ambiental del Ministerio de Salud de Río Negro respecto a la “Lavandina Full Clean”.

La consulta en cuestión fue respecto de la legitimidad del producto ya que estaba en duda la información provista en el rotulado. Además, se incluyó una nota del que sería el elaborador dirigida al distribuidor con aclaración de la fecha de elaboración, la fecha de vencimiento, el número de lote y la concentración de cloro.

Frente a las circunstancias detalladas y “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para que los productos puedan ser comercializados”, el organismo dispuso “prohibir el uso, la comercialización, la distribución en todo el territorio nacional, en plataformas de venta electrónica y la publicidad de todos los lotes del producto”.

Por otra parte, en la Disposición 1449, la Anmat además prohibió “el uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los purificadores de agua marca Impacto Positivo.

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