DESOCUPARÁN NICHOS EN EL CEMENTERIO SAN ANTONIO DE PADUA POR FALTA DE PAGO
Debido a esta situación se insta a regularizar la situación en el plazo de cinco días hábiles de la presente publicación, realizada el viernes 19 de enero en el Boletín Oficial.
En base al artículo 17 de la Ordenanza N° 14699 que establece lo siguiente: “VENCIDO el término de las concesiones de nichos, éstos serán desocupados y a los cadáveres, restos o cenizas, si no fuesen reclamados, se les dará el destino que según el caso corresponda, si dentro de los 30 días siguientes a la fecha del vencimiento de la concesión no se hubiese efectuado la renovación correspondiente, en los casos en que ésta sea procedente. Dentro de los 15 días siguientes al vencimiento de la concesión, la Administración de Cementerios, citará en forma fehaciente a los interesados que no se hubiesen presentado a los efectos de la renovación, sin que los mismos puedan alegar ausencia o cambio de domicilio para quedar relevados de sus obligaciones”.
La normativa también estipula que “dentro de los 15 días siguientes al vencimiento de la concesión, la Administración de Cementerios, citará en forma fehaciente a los interesados que no se hubiesen presentado a los efectos de la renovación, sin que los mismos puedan alegar ausencia o cambio de domicilio para quedar relevados de sus obligaciones”.
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