ESPAÑA: BAJA MÉDICA POR MENSTRUACIÓN DOLOROSA

Internacionales 19 de mayo de 2022 Por Betina Almada
Se estima que más de la mitad de las mujeres sufren molestias y dolores menstruales en algún momento de su vida fértil, y que alrededor de un 15% padece de forma recurrente dolores intensos que pueden ser incapacitantes.
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Las causas de esos trastornos obedecen a diferentes patologías, desde miomas y quistes ováricos hasta endometriosis. Pero parte de los casos son de causa desconocida, lo que plantea una segunda dificultad: cómo acotar cuándo la baja está justificada por razones médicas objetivables. Cuando exista un diagnóstico causal, la gestión de la baja no debería plantear ningún problema. En el caso de la dismenorrea de causa desconocida, es cierto que el dolor es una experiencia subjetiva, pero la medicina dispone de herramientas para determinar cuándo es incapacitante o en qué medida puede llegar a serlo. No hay ninguna razón que no sea discriminatoria para desconfiar del criterio médico, exactamente igual que se confía en el caso de otras patologías, las sufran hombres o mujeres.

Por otra parte, la experiencia de los países asiáticos que admiten este tipo de baja laboral no ofrece motivos de inquietud. En Japón, donde se reconoce la baja menstrual desde 1947, no se han observado situaciones anómalas. Y respecto a las dos experiencias que hay en España, las de los ayuntamientos de Girona y Castellón, que contemplan el derecho a un permiso recuperable, aunque no es lo mismo que una baja laboral, los datos indican que el uso de esa posibilidad está por debajo de lo esperable.

El anuncio ha suscitado también el debate sobre si puede perjudicar el acceso de las mujeres al mercado laboral por el temor de los empresarios a las ausencias periódicas. Hay que recordar que preguntar por aspectos de salud atenta contra el derecho a la intimidad y puede ser considerado una forma grave de discriminación por razón de género, lo que puede dar lugar a sanciones. El mayor efecto negativo podría darse en el caso de las mujeres con contratos precarios temporales, cuya renovación podría verse afectada si piden la baja. Sin embargo, sería injusto privar al conjunto de las mujeres de un derecho por la posibilidad de una forma insidiosa de discriminación que debería combatirse por otros medios.

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