MULTAS A DISCRIMINADORES DE PACIENTES CONTAGIOSOS

Locales 17 de septiembre de 2021 Por Alejandra Dv Rios (Ale Dv Rios)
Multarán y arrestarán a quienes discriminen a pacientes de enfermedades contagiosas. El tema fue tratado en la sesión de ayer jueves mediante la propuesta de reformar el Código Contravencional.
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A partir de que el Senado sancionara las modificaciones para el artículo 74 del Código Contravencional de la provincia (Ley 7.135), se incluyeron sanciones que van desde multas hasta los 20 días de arresto para quien “ejerciere actos de discriminación o violencia contra cualquier persona con motivo de alguna enfermedad contagiosa”. 

El proyecto, que llegaba desde la Cámara de Diputados y tenía dictamen positivo de las comisiones de Legislación y la de Derechos Humanos del Senado, fue defendido por el representante por La Poma, Dani Nolasco, quien argumentó que desde el advenimiento de la pandemia de coronavirus aumentaron las situaciones de violencia verbal y agresiones físicas contra personas con algún tipo de enfermedad o discapacidad “muchas veces producto de las secuelas que les dejó la Covid”. 

También tomó la palabra el senador por Iruya, Walter Cruz, quien coincidió con su par en que se agravaron las situaciones de discriminación “asociando a la enfermedad con el país de procedencia de una persona”, y aclaró que este agregado también servirá para penar muchas de las situaciones por las que atraviesan quienes tienen VIH o tuberculosis, “que siempre fueron perseguidas”. 

El senador Carlos Rosso presentó un proyecto de declaración junto al diputado Daniel Segura, solicitando la creación de una oficina del Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI) en el departamento que representa. 

En otros términos y a través de una resolución, el Senado declaró de interés el proyecto para crear una institución médico-universitaria, y la construcción de un Hospital Universitario de asistencia integral, especializada y ambulatoria en la provincia que presentó la Fundación Hospital Universitario.

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