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title: "El Gobierno de Salta aprobó el Reglamento de Pesca Deportiva para la temporada 2026-2027"
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description: "La Provincia dio a conocer los principales aspectos del reglamento, que establece el valor de las licencias, los períodos de veda, las especies protegidas y las normas vigentes para la práctica de la pesca deportiva."
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# El Gobierno de Salta aprobó el Reglamento de Pesca Deportiva para la temporada 2026-2027

![WhatsApp Image 2026-08-04 at 11.47.51](/download/multimedia.miniatura.8d4513d48d94b13f.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, dependiente del Ministerio de Producción y Minería, informa que, mediante la Resolución N.° 567, fue aprobado el Reglamento de Pesca Deportiva para la temporada 2026-2027. A continuación, se detallan los principales puntos de la normativa.

**Licencias: valores y tramitación**

Para realizar la actividad es obligatorio contar con una licencia personal e intransferible. El trámite puede realizarse de manera presencial en la sede de la Secretaría (Santiago del Estero 2245, Edificio B), en comercios habilitados o a través de la Ventanilla Digital de la Provincia.

Licencia anual libre: $10.000.

Licencia anual para federados: $5.000.

Licencia anual para menores de 12 a 17 años: $5.000.

Permiso diario (residentes y no residentes): $2.000.

Jubilados, personas con discapacidad y menores de 12 años: sin cargo.

**Especies protegidas y prohibiciones**

Dorado: se prohíbe su sacrificio o retención en todo el territorio provincial. Solo se permite la pesca con devolución obligatoria.

Sábalo y manguruyú (bagre negro y bagre amarillo): está prohibida su captura, tenencia y transporte.

Tararira (dentudo): rige una veda reproductiva total, con prohibición de sacrificio, desde el 15 de noviembre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027.

Carnada viva: se prohíbe el uso de anguilas, morenas y caracoles, así como el traslado de carnada viva entre distintos ambientes acuáticos.

**Vedas y temporadas por embalse**

**Cabra Corral**

Veda: del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2026, en las zonas norte y sur delimitadas.

Temporada: del 1 de diciembre de 2026 al 31 de julio de 2027.

Cupos principales: pejerrey (20 ejemplares, talla mínima de 21 centímetros) y bagre blanco (5 ejemplares, talla mínima de 35 centímetros).

**Campo Alegre**

Veda: del 1 de julio al 30 de noviembre de 2026.

Temporada: de diciembre de 2026 a junio de 2027.

Solo se permite la pesca desde la costa.

**El Tunal**

Veda: del 10 de diciembre de 2026 al 15 de marzo de 2027.

Temporada: del 28 de febrero de 2026 al 9 de diciembre de 2026.*

**Las Lomitas**

Veda: de septiembre a diciembre de 2026.

Solo se permite la pesca desde la costa.

Cuencas y ríos principales

**Río Juramento**

Temporada: del 1 de marzo al 8 de diciembre de 2026.

Veda: del 9 de diciembre de 2026 al 1 de marzo de 2027.

Está prohibida la pesca embarcada con motor. Además, existen sectores donde únicamente se permite la pesca con devolución obligatoria, como aguas abajo de Peñas Blancas y en los 12 kilómetros aguas arriba del embalse El Tunal.

**Río Bermejo**

Temporada: del 2 de febrero de 2026 al 12 de octubre de 2027.*

Veda: del 13 de octubre de 2026 al 1 de febrero de 2027.

Cupos principales: surubí (1 ejemplar, talla mínima de 80 centímetros), pacú (1 ejemplar, talla mínima de 45 centímetros) y dorado (captura con devolución obligatoria).

**Río Pilcomayo**

Temporada: del 1 de febrero al 21 de septiembre de 2026.

Veda: del 22 de septiembre de 2026 al 1 de febrero de 2027.

**Río Pescado**

Se permite la pesca del 1 de febrero al 22 de septiembre de 2026 únicamente con devolución obligatoria de todas las especies.

**Río Arenales**

Rige veda total durante todo el año para todas las especies.

**Equipos y requisitos**

Se autoriza el uso de una caña con un único anzuelo por persona. Solo para la pesca de pejerrey se permiten hasta dos anzuelos.

La Hoja de Ruta es obligatoria y debe tramitarse en la Secretaría, además de ser visada por la autoridad policial antes del inicio de la excursión y al regresar.

Las embarcaciones comerciales deberán contar con un guía de pesca capacitado y certificado por la Autoridad de Aplicación.

Asimismo, se dictarán cursos de capacitación destinados a guías de pesca, clubes y personas que comercializan carnada viva.

El texto completo del Reglamento de Pesca Deportiva puede consultarse en el Boletín Oficial de la Provincia: [https://boletinoficialsalta.gob.ar/boletindigital/2026/22240.pdf](https://boletinoficialsalta.gob.ar/boletindigital/2026/22240.pdf) páginas 11 a 16 [https://boletinoficialsalta.gob.ar/anexodigital/2026/22240.pdf](https://boletinoficialsalta.gob.ar/anexodigital/2026/22240.pdf)de la Resolución y páginas 7 a 20 de su Anexo

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Fuente: **Secretaría de Prensa y Comunicación**

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