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title: "Vence la prórroga de registros de establecimientos y productos alimenticios"
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description: "El programa de Bromatología, comunica que el 31 de julio es la fecha límite para presentar la prórroga de los Registros Nacionales de Establecimientos (RNE) y Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA), emitidos por el sistema SIFeGA. Estos certificados son esenciales para garantizar la legalidad y seguridad de los alimentos."
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# Vence la prórroga de registros de establecimientos y productos alimenticios

![alimentos-registro](/download/multimedia.normal.a48f47b5a9871e46.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El Ministerio de Salud Pública, a través del programa de Bromatología, informa a todos los establecimientos elaboradores de alimentos que el próximo 31 de julio de 2025 vence la prórroga establecida para los Registros Nacionales de Establecimientos (RNE) y Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) emitidos a través del sistema SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos).

Los certificados RNE (Registro Nacional de Establecimiento) y RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio) son documentos esenciales emitidos por las autoridades sanitarias, que garantizan la legalidad y la seguridad de los alimentos que se producen y comercializan.

RNE (Registro Nacional de Establecimiento): Este certificado es una constancia de que un establecimiento fue inscripto y habilitado por la autoridad sanitaria competente para desarrollar actividades relacionadas con la elaboración, fraccionamiento, depósito, transporte o comercialización de alimentos. Su función principal es asegurar que las instalaciones cumplen con las normas de higiene y seguridad necesarias para evitar la contaminación y garantizar la inocuidad de los productos. Sin un RNE válido, un establecimiento no puede operar legalmente en el rubro alimenticio.

RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio): Por su parte, el RNPA es un certificado otorgado a cada producto alimenticio individualmente. Este registro asegura que el alimento en cuestión cumple con los requisitos del Código Alimentario Argentino (CAA) en cuanto a su composición, ingredientes, aditivos, proceso de elaboración, envasado y rotulado. La función del RNPA es proteger al consumidor, garantizando que el producto es apto para el consumo humano y que la información brindada en su etiqueta es veraz y completa. Un producto sin RNPA válido no puede ser comercializado.

Estos certificados son pilares fundamentales del control sanitario de los alimentos, brindando a los consumidores la tranquilidad de que los productos que adquieren fueron elaborados en condiciones seguras y cumplen con la normativa vigente.

**Consecuencias del Vencimiento**

Es importante que todos los establecimientos elaboradores de alimentos verifiquen la vigencia de sus RNE y RNPA. Una vez vencido el plazo del 31 de julio de 2025, los registros que no hayan sido actualizados pasarán a estado de baja de acuerdo con lo establecido en los Artículos 13 y 14 del Anexo de la Resolución 1190/19 del Ministerio de Salud Pública.

Esto implica que los establecimientos y sus productos perderán su habilitación para operar y comercializar, lo que podría acarrear sanciones y el cese de sus actividades hasta la regularización de su situación.

Es por eso que se insta a todos los titulares de establecimientos elaboradores de alimentos a verificar de inmediato la situación de sus registros a través del sistema SIFeGA y a iniciar los trámites de reinscripción o actualización que sean necesarios.

Para consultas y asistencia, los interesados pueden dirigirse al Programa de Bromatología del Ministerio de Salud Pública de Salta.  
   
Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación

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