---
canonical_url: "https://todosalta.com/contenido/66144/la-justicia-suspendio-la-resolucion-que-impedia-a-los-municipios-cobrar-tasas"
title: "La Justicia suspendió la resolución que impedía a los municipios cobrar tasas"
article_type: "Article"
description: "El Juzgado Federal de Campana hizo lugar al pedido del municipio de Pilar y la medida de la Secretaría de Comercio e Industria quedará fuera de vigencia."
main_image: "https://todosalta.com/download/multimedia.normal.b35162bfd76ba6f3.c3Vic2lkaW9zLXRhcmlmYXN3ZWJwX25vcm1hbC53ZWJw.webp"
date_published: "2024-09-18T06:54:00-03:00"
date_modified: "2024-09-18T06:58:06-03:00"
author_name: "Prensa"
author_url: "https://todosalta.com/usuario/4/prensa"
category_name: "Sociedad"
category_url: "https://todosalta.com/categoria/8/sociedad"
---

# La Justicia suspendió la resolución que impedía a los municipios cobrar tasas

![subsidios-tarifaswebp](/download/multimedia.normal.b35162bfd76ba6f3.c3Vic2lkaW9zLXRhcmlmYXN3ZWJwX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

El titular del Juzgado Federal de Campana, Adrián González Charvay, hizo lugar al pedido del municipio de Pilar y suspendió la resolución del Gobierno que impedía a los municipios cobrar tasas en las facturas de servicios.

De esta manera, quedó suspendida la Resolución 267/2024, promulgada por la Secretaría de Comercio e Industria y que impedía a las comunas incluir tasas en las facturas de los servicios públicos como la energía eléctrica y el gas natural.

El municipio de Pilar justificó su pedido en la ley provincial N° 10.740 y en el convenio que mantiene con EDENOR para cobrar el tributo municipal, a través de su incorporación en la factura del servicio de aquella empresa. A su vez, agregó las normas provinciales que dan el marco de la energía eléctrica y la competencia del organismo de control (OCEBA) en aquel territorio.

Tras el pedido, el juez federal resolvió "hacer lugar a la medida cautelar" y ordenar "la suspensión de los efectos de la Resolución 267/2024 dictada por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación".

"La medida interina tendrá vigencia hasta tanto se resuelva la medida cautelar solicitada en autos. A tal fin, requiérase al Ministerio de Economía – Secretaría de Industria y Comercio que produzca el informe previsto por el artículo 4 de la ley 26.854, en el plazo de tres días de notificado de la presente resolución", agregó el texto.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
