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title: "Las estaciones de servicio que cobren tasas municipales deberán informarlo en los surtidores"
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description: "La medida apunta a brindar mayor información a los usuarios pero pone en jaque a los intendentes. La medida tendrá un plazo de adecuación de 120 días."
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# Las estaciones de servicio que cobren tasas municipales deberán informarlo en los surtidores

![nafta-g20240331-1778462](/download/multimedia.normal.9a5906f0844c69a7.bmFmdGEtZzIwMjQwMzMxLTE3Nzg0NjJfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

Luego de impedir que los municipios cobren impuestos a través de las facturas de servicios públicos, el Gobierno resolvió que las estaciones de servicio que apliquen tributos viales y/o municipales deberán informarlo en surtidores.

La medida fue oficializada en la Resolución 259/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial por la Secretaría de Energía y apunta a “facilitar a los consumidores el acceso a dicha información”. Para ello, los operadores "que comercialicen combustibles para vehículos autopropulsados en jurisdicciones cuyos municipios apliquen tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles sean líquidos y/o gaseosos, deberán exhibir una leyenda en un lugar visible" de cada boca de expendio.  
  
La calcomanía, de 30 por 21 centímetros aproximadamente, deberá contener el siguiente texto: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”.

Ese sticker, que tendrán que adherir a cada surtidor a una altura mínima de 1.60 metros, deberá tener el diseño y los parámetros establecidos en uno de los anexos de la Resolución, aunque sus colores podrán ser definidos por cada empresa petrolera.

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