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title: "Eliminaron la Tasa de Seguridad de Aviación para los pasajes de vuelos no comerciales"
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description: "Mediante la resolución 696 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Seguridad limitó el pago a pasajeros del personal policial, militar, sanitario y aduanero que embarquen en aeronaves de transporte aéreo no regular, general, privado o afectadas a instrucción y entrenamiento."
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# Eliminaron la Tasa de Seguridad de Aviación para los pasajes de vuelos no comerciales

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El Ministerio de Seguridad limitó este jueves el pago de la Tasa de Seguridad de Aviación para pasajeros del personal policial, militar, sanitario y aduanero que embarquen en aeronaves de transporte aéreo no regular, general, privado o afectados a instrucción y entrenamiento.

La medida fue anunciada mediante la resolución 696 publicada este jueves en el Boletín Oficial la cual alcanza a trabajadores, científicos, personal policial y militar, sanitario y aduanero que transitan en aeropuertos o aeródromos que integran el Sistema Nacional de Seguridad.  
   
La misma considera “indispensable profundizar las políticas de desregulación del mercado interno, teniendo por fin la simplificación, reducción de cargas y de costos, mejorando la vida al ciudadano y las empresas”.

“Que en observancia del principio de cielos abiertos, a fin de avanzar en la facilitación del trámite del transporte aeronáutico, resulta necesario limitar las actividades alcanzadas por el pago de Tasa de Seguridad de la Aviación, que pasará a ser aplicada sólo a los pasajeros que embarquen en aeronaves destinadas al servicio aéreo de transporte regular”, detalla la resolución.

Además, afirman que “los pasajeros que embarquen en aeronaves que no estén destinadas a los denominados vuelos comerciales regulares, a futuro no se encontrarán alcanzados por la citada Tasa de Seguridad de la Aviación, ya que ello permite reducir una carga sobre actividades económicas y recreativas que por sus características, y en el marco de las nuevas políticas, no resulta ni motivado ni costo-eficiente imponerles la carga del pago de una Tasa”.

En el mismo sentido aclaran: "Los sujetos alcanzados por la Tasa de Seguridad de la Aviación serán únicamente los pasajeros que embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la República Argentina, a bordo de aeronaves destinadas al servicio aéreo de transporte regular.”

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