LEY DE NIETOS: COMO PODES OBTENER LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA

Internacionales 22 de octubre de 2022 Por Rouse Leonor
YA Rige se espera un "aluvión" de pedidos. Cómo obtener una cita en el Consulado.
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Mediante la "ley de nietos", miles de argentinos descendientes de españoles pueden comenzar a tramitar la ciudadanía europea.

Es porque entró en vigencia la nueva ley de Memoria Democrática, que el Senado español aprobó a principios de octubre.

También conocida como “ley de nietos”, la ley que flexibiliza los requisitos para que quienes tengan padres o abuelos españoles puedan hacer valer su derecho de sangre y acceder a la ciudadanía de sus ancestros.

Dónde se hace el trámite y requisitos
Los trámites relacionados con ciudadanía se hacen en el Consulado General de España. Allí, como para otras gestiones, habrá que solicitar una cita previa en la página web www.cgeonline.com.ar. La sede principal está en la calle Guido 1770. Pero hay otras en Bahía Blanca, Córdoba, Mendoza y Rosario, en las que también se puede avanzar el trámite una vez obtenido el turno.

Fuentes del consulado le dijeron a Clarín que ya comenzaron a recibir solicitudes que comenzarán a ser analizadas.  

El plazo que otorga la ley para iniciar el trámite es de dos años a partir de la entrada en vigencia de la norma, este viernes 20 de octubre.

Según estimaciones basadas en las presentaciones hechas con la ley anterior, cuando hubo 60 mil personas que iniciaron la solicitud solo en Argentina, el número podría repetirse ahora. Se espera también un "aluvión" en otros países hispanoparlantes como México, Colombia, Venezuela y Cuba.

Los requisitos para iniciar el trámite siguen siendo los mismos: sólo es preciso presentar las partidas de nacimiento y, si fuera el caso, de defunción que permitan justificar el parentesco, la línea de sangre entre el español o la española y la persona que está solicitando la nacionalidad.

Lo que se aclara desde el Consulado es que, como aún no falta la "instrucción" de la ley, la reglamentación que depende del Ministerio de Justicia español, puede ocurrir que a los trámites presentados al principio, tras ser analizados, se les solicite más documentación. 

Es un trámite gratuito. "No es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite en este Consulado General", se aclara en la página web.


A quiénes abarca
A diferencia de la ley de Memoria Democrática de 2007, la nueva normativa permite solicitar la nacionalidad a quienes, aun habiendo nacido fuera de España, sean hijos o nietos de españoles que hubieran perdido o renunciado a su nacionalidad.

Así lo formula uno de los artículos de la ley: “Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil”.

Además, los hijos e hijas de españolas que hayan perdido su nacionalidad porque se casaron con extranjeros antes de 1978, fecha en la que entró en vigor la Constitución española, podrán solicitar la nacionalidad de origen de sus madres.

Otro punto clave que dejaba afuera a miles de argentinos descendientes de españoles era la mayoría de edad: según la ley de 2007, sólo podían acceder a la ciudadanía española si se era “menor de 21 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad española antes de que el interesado naciera”. Ya no es más así.

"El espíritu de la ley se refiere fundamentalmente al golpe de estado del 36 y a la posterior guerra y dictadura franquista. Pero todavía no está claro", explicaron fuentes del Consulado. Sin embargo, aclararon que si esto no queda explicitado en la reglamentación que aún está pendiente, la ley podría beneficiar también a nietos e hijos de españoles que emigraron antes de 1936. "Si la instrucción lo deja al criterio del Consulado, la política consistirá en ser lo más flexible posible", agregaron. 


¿Cuánto tarda?
De acuerdo a las estimaciones oficiales y a la cantidad de solicitudes que se recibirán, el tiempo del trámite será variable, de acuerdo con la complejidad que ofrezca. Según fuentes vinculadas a estas gestiones, en los casos que requieren más análisis puede tardarse hasta un año en completarlo. 

Los mismos especialistas sostuvieron que “es lo que tardan, en promedio, las residencias, que son online, mientras que los trámites por ius sanguinis siguen siendo en papel, lo cual alargará los tiempos”.

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